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No habrá sanciones para quienes no presenten carné de vacunación, solo restricciones
El Ministerio de Salud responde algunas de las dudas sobre su resolución. Reitera que la medida de presentar el certificado es temporal.
El Ministerio de Salud Pública confirma que su reciente decisión de declarar la obligatoriedad de la vacunación contra la COVID-19, implica restricciones para quienes no lo hagan y no una sanción específica por no hacerlo.
Así lo indica en un comunicado emitido en la noche del miércoles 23 de diciembre, donde absuelve algunas de las principales dudas e inquietudes ciudadanas. "La Cartera no aplica sanciones a los no inmunizados", afirma. A continuación, algunas de las aclaraciones:
Tras la declaratoria de obligatoriedad de la vacunación contra COVID-19, ¿qué pasa si no me aplico las dosis?
El MSP ha definido que la vacuna es obligatoria. Esto, debido a la situación epidemiológica y al alto riesgo de circulación de la variante Ómicron. Esperamos que las personas cumplan. La Cartera no aplica sanciones a los no inmunizados. Lo que ocurre es que el COE Nacional ha dispuesto que hay ciertas actividades no esenciales que deberían presentar el carné o certificados. Esto se hará en eventos, cines, museos y otros. Es una decisión del COE y se administrará a través de las intendencias y gobiernos autónomos descentralizados (GAD). Ellos vigilarán su cumplimiento.
¿Si no hay un cumplimiento habrá sanciones?
La verificación del cumplimiento se da en relación a la capacidad de utilizar estos espacios públicos o privados. En el caso de incumplimiento en estos lugares, es decir, no se exija el certificado, esas entidades que prestan servicios públicos deberán ser sancionadas por las autoridades correspondientes; no los no vacunados.
En Ecuador se declara la obligatoriedad de la vacunación contra la COVID-19. Esta decisión se tomó debido al estado epidemiológico actual, es decir, el aumento de contagiados y a la circulación de nuevas variantes de ‘preocupación’.
— Ministerio de Salud Pública (@Salud_Ec) December 23, 2021
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¿Entonces lo hará cada intendencia y GADs?
Sí, eso es lo que dice el lineamiento. Las intendencias y GADs son las responsables de hacer cumplir y aplicar la normativa definida por el COE Nacional.
¿En el lineamiento se considera que el trabajo es un servicio esencial; qué pasará con ello?
Eso no está normado por el MSP. Estamos tomando las resoluciones del COE Nacional en donde se definen las sanciones. No se puede exigir el carné o el certificado a una persona que vaya a un hospital ni a los estudiantes para acceder a una institución.
¿Desde cuándo se aplicará esta decisión?
Se aplica desde las 00:00 de este jueves 23 de diciembre. Esperemos el cumplimiento del sector público y privado; conforme se adapta a las resoluciones del COE emitidas el 21 de diciembre. Estas últimas durarán 30 días hasta el 23 de enero de 2022.
¿La medida de mostrar el carné es temporal?
Sí, está relacionada con el avance de la pandemia y la expansión de la variante Ómicron.
¿Desde qué edad rigen los lineamientos de presentación del certificado?
Rigen desde los 12 años de edad. No se contempla a la población infantil por el menor riesgo. (En el lineamiento dice que: “La Autoridad Sanitaria Nacional en cumplimiento al Modelo de Atención Integral en Salud Familiar, Comunitario e Intercultural con enfoque de derechos humanos garantizará el derecho de todas y todos, con énfasis en población a partir de los 12 años”. En el caso de los infantes de entre 5 y 11 años deberán continuar con la inmunización).