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¿Cuál es el valor de la multa por no votar en las elecciones de 2025?
Según el Código de la Democracia, el voto es obligatorio para los ciudadanos, a excepción de cinco ítems establecidos en el estatuto
De cara a las elecciones presidenciales del 9 de febrero de 2025, la ciudadanía se alista para ir una vez más a las urnas y ejercer su derecho al voto. Sin embargo, la incógnita que surge en muchos es qué sucedería si no se sufraga.
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Pues, el numeral 1 del artículo 11 del Código de la Democracia establece que "el voto será obligatorio para las ecuatorianas y ecuatorianos mayores de dieciocho años, incluyendo a las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada"; por lo que, en caso de no realizarlo, la persona que lo incumpla enfrentará una sanción económica.
El valor de esta multa, según el artículo 292 del Código, asciende al 10% del salario básico unificado (SBU), es decir, 47 dólares. En el apartado se detalla que "las personas que teniendo la obligación de votar no hubieren sufragado en un proceso electoral serán multadas con el equivalente al diez por ciento de una remuneración mensual unificada" y se explica que hay cinco objeciones a este mandato.
¿Cuáles son estos cinco puntos que no incurren en la falta?
De nuevo, en el artículo se encuentran detalladas las siguientes:
- Quienes no pueden votar por mandato legal
- Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o privado
- Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes
- Quienes, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional
- Quienes por tener voto facultativo, no están a obligados a votar, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 numeral 2 de la Constitución de la República
¿Quiénes tienen voto facultativo?
El voto es opcional para las personas entre 16 y 18 años; las personas mayores de 65 años; miembros de las FF.AA. y Policía Nacional; los ecuatorianos residentes en el exterior; personas con discapacidad y analfabetas.
¿Cómo saber en dónde votar y no ser multado?
El Consejo Nacional Electoral habilitó un sitio web en el que se puede encontrar el domicilio electoral de cada ciudadano empadronado. En esta página se debe ingresar datos como el número de cédula y la fecha de nacimiento de la persona a consultar. Enseguida, el sitio arrojará el resultado y además mostrará si el ciudadano es miembro de Junta Receptora del Voto (MJRV).
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