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Daniel Noboa y Luisa González tuvieron el mayor porcentaje en la primera vuelta.Archivo / EXTRA

¿Algún candidato presidencial devolverá el financiamiento para la campaña?

A pesar de que los candidatos a la Presidencia no superaron el 4 % en dos elecciones, no devolverán el fondo de promoción electoral. ¿Por qué?

En 2020, las reformas al Código de la Democracia introdujeron una medida con el objetivo de disminuir la cantidad de candidatos en las elecciones: la devolución del fondo de promoción electoral. Este artículo establecía que los candidatos que no superaran el 4% en dos elecciones consecutivas deberían devolver la mitad del fondo que el Estado les asigna para su promoción en medios de comunicación y vallas. 

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Sin embargo, a pesar de este cambio, la reforma no ha tenido el impacto esperado en la reducción de candidatos ni en la implementación efectiva de la devolución del fondo.

¿Qué es el fondo de promoción electoral?

Es una asignación económica otorgada por el Estado, a través del Consejo Nacional Electoral (CNE), a cada candidato para financiar su publicidad en prensa, radio, televisión y vallas publicitarias. Este fondo se encuentra respaldado por la Constitución, con el objetivo de promover la igualdad entre los candidatos, evitando que aquellos con más recursos puedan gastar más dinero en sus campañas, lo que podría generar una ventaja desproporcionada.

Pancartas y afiches por promoción electoral en postes de Guayaquil.cortesía

El artículo reformado en el Código de la Democracia tenía como objetivo responder a las constantes críticas sobre el uso del financiamiento estatal para las campañas electorales. Se esperaba que la medida contribuyera a reducir el número de candidatos y promoviera una competencia más equitativa. Sin embargo, la reforma no ha alcanzado los resultados esperados.

La reforma no ha reducido el número de candidatos

A pesar de los esfuerzos para reducir la cantidad de candidatos, en las elecciones presidenciales de 2021 hubo 16 binomios, cifra que se repitió en 2025. Es importante destacar que las elecciones extraordinarias de 2023, derivadas de la muerte cruzada, no se toman en cuenta para este análisis. Por lo tanto, no se ha logrado la reducción significativa de candidatos que la reforma buscaba.

En tanto, el reglamento aprobado después de la reforma especifica que, tras las elecciones de 2025, el CNE deberá identificar a los candidatos que no hayan alcanzado el 4% en dos elecciones consecutivas. Sin embargo, este reglamento se refiere a las candidaturas individuales, no a las organizaciones políticas en general. Esto significa que, si un partido o movimiento presenta diferentes candidatos en dos elecciones consecutivas, la devolución del fondo no se aplicará.

En el caso de siete organizaciones políticas que participaron en las elecciones de 2021 y 2025, y que no alcanzaron el 4% en ambas, ninguna de ellas repitió los mismos candidatos en ambos comicios. De esta forma, no tendrán que devolver el fondo de promoción electoral, a pesar de los malos resultados obtenidos en ambas elecciones.

Aumento en el fondo de promoción electoral

El fondo de promoción electoral también ha experimentado un aumento. En 2021, los binomios presidenciales recibieron un total de $ 301.176, mientras que en 2025, el fondo ascendió a $ 315.825. Aquellos partidos que formaron alianzas recibieron un valor adicional.

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