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El exvicepresidente Glas y dos exministros del correísmo se libran de una condena por peculado
Un tribunal de la Corte Nacional declaró la nulidad del caso Singue que investigó posibles anomalías en la adjudicación del campo petrolero
La Fiscalía sufrió un revés en el caso Singue y el exvicepresidente Jorge Glas se libró de una condena. El tribunal de la Corte Nacional de Justicia, integrado por los jueces Daniella Camacho, Felipe Córdova y Luis Rivera, declaró la nulidad del caso Singue que por presunto peculado se siguió en contra de Glas, los exministros Carlos Pareja Yannuzzelli y Wilson Pástor, entre otros sospechosos de un presunto delito de peculado.
Los jueces anularon las actuaciones hasta antes de la formulación de cargos. Paúl Ocaña, defensor de tres sospechosos, indicó que el tribunal de apelación encontró que el informe de la Contraloría con indicios de responsabilidad penal, que tiene un vicio de caducidad, afecta a los vicios del derecho a la defensa y el debido proceso.
Mientras que Juan Pablo Albán, experto en Derechos Humanos y parte del equipo de defensa del exministro Pástor señaló que la decisión es justa debido a que hay dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo que dejan sin efecto todo el proceso.
Justificó que esas resoluciones anularon por extemporáneo el informe de la Contraloría que fue la base para la acusación impulsada por la Fiscalía y a la que se sumó la Procuraduría. Recordó que el Contencioso reconoció que entre la fecha de la orden de trabajo para la auditoría del contrato de Singue (12 de septiembre de 2016) y la publicación del informe aprobado (1 de agosto de 2019) transcurrieron más de los 180 días que estable la ley como plazo.
Para Albán no solo se trata de fechas sino que el informe contiene serios problemas de origen jurídico y técnico como lo alertó el Observatorio de Derechos y Justicia (ODJ) en un documento que recoge la veeduría realizada al caso Singue. Por ejemplo, los técnicos que realizaron la auditoría no poseían título universitario, lo que contradice a la propia Ley de la Contraloría.
Albán explica que en julio de 2019 la Corte Constitucional realizó una reforma al Código Integral Penal (COIP) que elimina la obligatoriedad de un informe de la Contraloría para iniciar un proceso penal. Sin embargo, la instrucción fiscal empezó en marzo de ese año, fecha en la que el informe de Contraloría sí era un requisito de procedibilidad y ya que este documento es nulo, lo hechos que se derivan de él carecen de eficacia jurídica.
El caso Singue inició en 2017 con un informe de la Contraloría a cargo en ese entonces del excontralor Pablo Celi. Ese informe fue declarado nulo por un tribunal contencioso administrativo debido a su carácter extemporáneo, pero también por errores de forma y fondo.
En enero de 2021, un tribunal de primera instancia declaró la inocencia de ocho de los procesados, mientras que condenó a otros siete. En mayo de 2022, un tribunal de arbitraje internacional constituido bajo las reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional emitió el laudo final en el que confirmó que la actuación del Ecuador violó el contrato de Prestación de Servicios para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el bloque Singue de la Amazonía firmado con Gente Oil.
El Tribunal Arbitral condenó al Ecuador al pago de daños patrimoniales y morales a Gente Oil por una cifra de 11 millones de dólares, destacó Albán.
Añadió que el laudo considera que lejos de existir un perjuicio para el país, el contrato de Singue, que se sigue ejecutando a la fecha, ha dejado beneficios reconocidos por el propio Estado. "El tribunal arbitral calificó de dolosa la actuación del Estado al haber iniciado un proceso penal aun cuando el propio ministerio de Recursos Naturales desmintió la existencia de un perjuicio y ratificó ganancias que hoy suman más de USD 600 millones", mencionó. Hasta el cierre de esta nota la Fiscalía no anunció cuál sería el siguiente paso en este caso.
En su cuenta Twitter solo dio cuenta que, con la presencia vía telemática del fiscal subrogante Wilson Toainga se reinstaló la audiencia de apelación a la sentencia dictada contra siete personas por peculado.