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La segunda vuelta en Ecuador será el 13 de abril.EXTRA.

Consulte aquí el lugar de votación para la segunda vuelta 2025 en Ecuador

Consulta tu lugar de votación para la segunda vuelta electoral del domingo 13 de abril en Ecuador

El próximo domingo 13 de abril de 2025, Ecuador celebrará la segunda vuelta electoral para elegir al nuevo presidente de la República. Tras los comicios del 9 de febrero, Daniel Noboa, del Movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), y Luisa González, del Movimiento Revolución Ciudadana, son los dos candidatos que pasaron a esta fase debido a que ninguno de ellos alcanzó la mayoría absoluta en la primera vuelta, por lo que los votantes deberán elegir entre ambos en esta jornada decisiva.

(Lea también: ¿Cuándo es la segunda vuelta electoral en Ecuador 2025?)

Con las elecciones a la vuelta de la esquina, es esencial que los votantes consulten su lugar de votación con anticipación para evitar inconvenientes el día de las elecciones. El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha habilitado sus plataformas digitales para que los ciudadanos puedan verificar fácilmente la ubicación de su centro de votación.

¿Cómo consultar tu lugar de votación?

Si no recuerdas tu lugar de votación, el CNE ha habilitado en su página web la opción "Consulta tu lugar de votación". Solo necesitarás ingresar tu número de cédula para obtener la información detallada sobre la mesa en la que te corresponde votar.

También puedes consultar el recinto, la junta y la dirección exacta del lugar asignado para ejercer tu derecho al voto haciendo clic en la siguiente imagen:

Obligación y sanciones por no votar

Es importante recordar que el voto es obligatorio para los ecuatorianos entre 18 y 65 años. Sin embargo, para los adultos mayores y los adolescentes mayores de 16 años, el voto es facultativo, es decir, opcional.

(Lea también: ¿Cuándo será el pago a miembros de mesa por las elecciones de Ecuador este 2025?)

La Ley Electoral establece que no acudir a votar constituye una infracción, y aquellos que no lo hagan deberán pagar una multa equivalente al 10 % de un Salario Básico Unificado (SBU), lo que corresponde a $ 47. Esta misma multa de USD 47 también se aplica a los integrantes de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) si no participan en la capacitación que organiza el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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