Exclusivo
Deportes
Liga de Quito y su final feliz a la apelación en la FEF
Con el fallo favorable los albos recuperaron el liderato de la segunda etapa de la LigaPro. Un solo juez fue el elegido para decidir la apelación
Liga de Quito recibió la noche del jueves 28 de noviembre, con alivio, la resolución del Tribunal de Apelaciones de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), que determinó dejar sin efecto la sanción con resta de tres puntos al club por la no notificación de un pago a Franklin Guerra.
Te invitamos a leer: El Nacional: David Cabezas cumplió sueño de ser campeón como titular
El caso se cerró a favor de los albos gracias a que pudieron demostrar que habían pagado la totalidad de la deuda con el jugador en el plazo establecido. Con este fallo favorable además recuperaron el liderato de la segunda etapa de la LigaPro, al regresar a tener 32 unidades, 3 puntos más que Independiente del Valle, y con un empate el domingo 1 de diciembre, ante Deportivo Cuenca, serán finalistas.
Para la audiencia de apelación el Tribunal decidió, amparado en su reglamento, que sea un juez único quien tome la decisión. Según explicó Juan Francisco Guerrero, abogado defensor de los albos, la normativa es clara respecto a este recurso para casos urgentes. “Fue un pedido nuestro desde el inicio que esto se resuelva pronto, que era un caso determinante para el campeonato nacional”, enfatiza el abogado.
Pero además de la urgencia, sucedió que la presidenta del Tribunal se encontraba de licencia y no podía reunirse, mientras que otros dos miembros se excusaron de conocer el caso, uno de ellos por ser hincha del equipo blanco. Así, solo dos representantes estuvieron disponibles para la audiencia y mediante un sorteo se determinó al que fungió finalmente como juez.
De acuerdo a la explicación del jurista, resultaba “una apelación simple”, porque el reglamento en sí mismo presentaba los elementos para sostener los argumentos albos. “La verdad es que el argumento era bastante lógico, sencillo. La sanción era para el que no paga, el pago se había realizado de forma oportuna, entonces no correspondía sancionar a quien sí hizo el pago”, sintetiza el jurista.
A través de documentos bancarios el Tribunal de Apelaciones pudo corroborar que el jugador recibió el dinero dentro del plazo, contando incluso con el testimonio de Guerra en la audiencia, algo que fue solicitado por el tribunal previamente.
El club también defendió que hubo una aplicación indebida de la normativa, pues no existe ningún punto en el reglamento que hable de sanción por no realizar la notificación en caso de la cancelación de una deuda.
La diferencia con el caso de Emelec
El informar a la FEF es obligatorio para los casos en donde existan nuevos acuerdos de pago y ahí radica, a decir del abogado, la diferencia con el caso de Emelec, que a pesar de que también apeló, no le restituyeron los puntos por un incumplimiento con Christian Cruz.
Sobre eso, Guerrero indica que pudo analizar lo actuado con el Bombillo y comparó que “la diferencia sustancial es que Liga había pagado la totalidad de la obligación dentro del plazo. En el caso de Emelec, ellos hicieron un pago parcial y aparentemente habían llegado a un acuerdo de pagos con el jugador, pero no pudieron presentar ese acuerdo ante los órganos pertinentes de la FEF”.
A partir de este caso se ha generado un debate respecto a si es necesario cambiar el reglamento. Francisco Egas, presidente de la FEF, defendió que las normas que se aplican son las que aprueban los propios clubes y que la Comisión Disciplinaria entiende el pago en todas sus fases, incluida la notificación.
Actualmente no existe en el reglamento un punto claro que hable de sanción exclusivamente por la no notificación, y tampoco hay un protocolo específico de procedimiento de avisos para casos en los que la obligación ya ha sido cancelada. Esos aspectos es probable que sean planteados en el Congreso Ordinario de la FEF de 2025.
Para seguir leyendo contenido de calidad, ¡SUSCRÍBETE A EXTRA!