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Adopción: 10 requisitos que necesitas cumplir

Organizaciones como Unicef han mostrado apoyo a este proceso incluso de forma internacional.

NIÑOS EN ADOPCIÓN
El Código de la Niñez también establece 9 principios en torno a la adopción.

Las adopciones son vistas como la oportunidad de brindar un nuevo hogar a un niño que lo necesita. Organizaciones como Unicef han mostrado apoyo a este proceso incluso de forma internacional.

Leyes y acuerdos pensados en asegurar el bienestar de los más pequeños le suman rigidez a los procesos para quienes desean convertirse en padres. La Declaración sobre los Principios Sociales y Jurídicos Relativos a la Protección y el Bienestar de los Niños, señala algunos parámetros sobre cuidado de los menores. Con esto se propone que los padres tengan prioridad al momento de recuperar la custodia de sus hijos, luego un familiar, una casa adoptiva o una institución del Estado.

Estas son algunas cifras de adopción en países de América Latina:

En México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) estima que existen unos 30 mil niños viven en espera de una familia, sin embargo no todos están en condiciones de adoptabilidad —esto significa que estén listo para una nueva familia—. En 2016 Panamá registró 91 niños, niñas y adolescentes que podían ser adoptados; mientras que Colombia, en los que va de 2018, registra 612 niños.

En Ecuador el Código de la Niñez señala en su artículo 151 que la adopción busca “garantizar una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o adolescente que se encuentren en aptitud social y legal”.

De enero hasta agosto de 2018 se registraron alrededor 341 procesos de niñas, niños y adolescentes listos para una nueva familia; sin embargo esa cifra representa solo el 14 % de los 2.5172 menores que se encuentran institucionalizados a nivel nacional.

El Código de la Niñez también establece 9 principios en torno a la adopción, y aquí te los resumimos:

1. La adopción ocurrirá sol cuando se agoten las medidas de apoyo a las familias y parientes del niño.

2. Se priorizará la adopción nacional sobre la internacional.

3. Parejas heterosexuales constituidas legalmente, tendrán prioridad como candidatos.

4. Se prefieren a los familiares de los niños como adoptantes.

5. Los niños serán escuchados durante el proceso de adopción, en el caso de los adolescentes el consentimiento es obligatorio.

6. Los chicos adoptados tienen derecho a conocer su origen, su historia personal y a su familia consanguínea (salvo que exista prohibición expresa de esta última).

7. Quienes deseen adoptar un niño deberán cumplir con todos los requisitos.

8. Los niños, niñas, adolescentes y los candidatos a adoptantes deben recibir una preparación adecuada para la adopción.

9. En los casos de adopción de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a los pueblos y nacionalidades indígenas y afro­ecuatorianas, se preferirá a adoptantes de su propia cultura.

¿Cuáles son los requisitos?

La página web del Ministerio de Inclusión detalla lo que debes cumplir para poder adoptar:

-Estar domiciliados en el Ecuador o en uno de los estados con los cuales el Ecuador haya suscrito convenios de adopción.

-Ser legalmente capaces.

-Estar en pleno ejercicio de los derechos políticos.

-Ser mayores de veinticinco años.

-Tener una diferencia de edad no menor de catorce ni mayor de cuarenta y cinco años con el adoptado.

Pero ojo con esto. La diferencia mínima se reducirá a diez años cuando se trate de adoptar al hijo del cónyuge o conviviente, en los casos de unión de hecho que cumpla con los requisitos legales. Estas limitaciones de edad no se aplicarán a los casos de adopciones entre parientes. Tratándose de parejas, los límites de edad se aplicarán al cónyuge, o conviviente más joven.

-En los casos de pareja de adoptantes, ésta debe ser heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o unión de hecho que cumpla los requisitos legales.

-Gozar de salud física y mental adecuada para cumplir con las responsabilidades parentales.

-Disponer de recursos económicos indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades básicas.

-No registrar antecedentes penales.